Noticias


22/04/2024

OBLIGATORIEDAD DE APROBAR UN PLAN DE IGUALDAD Y REALIZAR UNA AUDITORÍA RETRIBUTIVA

Las empresas y organizaciones que cuenten con una plantilla mayor de 50 personas trabajadoras deben tener negociado, implantado y aprobado su Plan de Igualdad. 

Además, las empresas obligadas a elaborar un Plan de Igualdad deben incluir en sus planes una auditoría retributiva, de conformidad con el artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres . Esta auditoría tiene principalmente tres objetivos:

  • proporcionar información suficiente, real y adecuada sobre la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de retribución;
  • comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con la aplicación efectiva de dicho principio.
  • prevenir situaciones discriminatorias;

Al ser una obligación ineludible, las empresas que no cuenten con un Plan de Igualdad podrían verse expuestas a importantes sanciones económicas.

Concretamente, el artículo 7.13 de la LISOS fija como infracción grave “no cumplir las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad establecen la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación”.

Estas infracciones graves se sancionan con multa:

  • en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros;
  • en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y
  • en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.

Por otra parte, el artículo 8.17 de la LISOS tipifica como infracción muy grave el hecho de no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el artículo 46bis apartado 2 de la LISOS.

En este caso, las infracciones muy graves se sancionan con multa:

  • en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros;
  • en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y;
  • en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.

En ISO EXPERTISE diseñamos y les asesoramos en la implantación y registro del Plan de Igualdad.

Llámenos al 91 636 42 93 y le informamos sin compromiso.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia y nuestros servicios analizando la navegación en nuestra web. Si continúa navegando, asumiremos que acepta su uso. Más información en nuestra política de cookies

The cookie settings on this website are set to "allow cookies" to give you the best browsing experience possible. If you continue to use this website without changing your cookie settings or you click "Accept" below then you are consenting to this.

Close