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30/12/2021
EL PASADO 17 DE DICIEMBRE ENTRÓ EN VIGOR LA DIRECTIVA WHISTLEBLOWING, QUE REGULA EL CANAL DE DENUNCIAS
El pasado 17 de diciembre entró en vigor en España y en el resto de países de la Unión Europea la nueva normativa que regula el Canal de Denuncias, es decir, la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión o lo que es lo mismo la Directiva Whistleblowing, más conocido en España como Canal de Denuncias.
Esta directiva obliga a las empresas de más de 50 personas trabajadoras, públicas y privadas, a la implantación de un sistema de denuncias, aunque disponen de un período transitorio de dos años para ello, es decir, hasta el 17 de diciembre de 2023.
Se trata por tanto de una herramienta de la empresa, puesta a disposición de todas sus partes interesadas, con el fin de poder denunciar o comunicar posibles infracciones o conductas irregulares que se puedan estar cometiendo en las organizaciones. Además, se debe garantizar la confidencialidad, así como la accesibilidad y visibilidad. Asimismo, las compañías también deben garantizar todos los derechos que asisten a las partes implicadas.
Así, el canal de denuncias o whistleblowing debe ser una garantía para el cumplimiento de los valores y principios generales del Código de Conducta, así como en un sentido amplio, de los Derechos Humanos: igualdad de oportunidades y no discriminación, la protección de la seguridad y salud, evitar la violencia en el trabajo, otros valores relacionados con la defensa del medio ambiente y evitar el fraude o corrupción, etc.